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jueves, 12 de abril de 2012

Pregunta 8


8º Prestaciones de la Seguridad Social. Haz un cuadro en el que se recojan cada una de ellas con los percepciones sociales a las que da derecho.


A)Si un trabajador sufre un accidente de trabajo y, como consecuencia del mismo, queda incapacitado legalmente de manera permanente...

El trabajador tendrá derecho a una prestación económica desde el día siguiente a su hecho del 75% de la base reguladora. La base reguladora se obtiene por la división del importe de la cotización del trabajador (correspondiente a la contingencia de la que se derive, pues no es la misma si es un accidente de trabajo o enfermedad profesional que un accidente no laboral o enfermedad común) en el mes anterior al de la fecha de iniciación de la situación de incapacidad por el número de días a que dicha cotización se refiera.


B1) ¿Qué requisitos son necesarios para percibir una prestación por este concepto?



-Tener menos de 65 años en la fecha del hecho causante o, en otro caso, no reunir los requisitos exigidos para acceder a la pensión de jubilación contributiva del Sistema, si la incapacidad deriva de enfermedad común o accidente no laboral.

-Estar afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta.

-Tener cubierto un período previo de cotización, si la incapacidad deriva de enfermedad común. El período de cotización exigido varía en función de la edad del interesado (ver pregunta B2)

-En el caso de trabajadores con contrato a tiempo parcial, de relevo y fijo-discontinuo, para acreditar los períodos de cotización correspondientes, se computarán exclusivamente las cotizaciones efectuadas en función de las horas trabajadas, tanto ordinarias como complementarias, calculando su equivalencia en días teóricos de cotización:
El número de horas efectivamente trabajadas se dividirá por 5, equivalente diario del cómputo de 1826 horas anuales.
Al número de días teóricos de cotización obtenidos, se aplicará el coeficiente multiplicador de 1,5, resultando de ello el número de días que se considerarán acreditados para la determinación de los períodos mínimos de cotización.
La fracción de día, en su caso, se asimilará a día completo.


B2) ¿Qué período debe tener cotizado?

Hay dos opciones:

1- Si el trabajador tiene menos de 31 años, tendrá que tener un mínimo de cotización exigible: la tercera parte del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 16 años y la fecha del hecho que le imposibilita.

2- Si el trabajador tiene mas de 31 años de edad, tendrá que tener un tiempo de cotización exigible de un cuarto del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumplió 20 años y la del hecho que le ha imposibilitado. Con un mínimo de 5 años.




PRESTACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PRESTACION
REQUISITOS ACCESO
BASE REGULADORA
TIPOS
I.T (Enfermedad Común,EC o Accidente No Laboral, ANL)
  • Afiliación y Alta
  • Período de carencia 180 días en los 5 años anteriores (no cuando ANL)
BR= BCC mes anterior/días liquidados
  • 1º,2º y 3º día = 0€
  • 4º al 20º día el 60 %
  • 21º día y más el 75%
I.T (Accidente Trabajo, AT o Enfermedad Profesional, EP)
  • Afiliación y Alta


BR= (BCP mes anterior- HE)/días liquidados + HE de los últimos 12 meses/ 360 o 365 días
  • 75% desde el días siguiente

MATERNIDAD
  • Afiliación y Alta
  • Período de carencia 180 días en los 5 años anteriores


BR= BCC mes anterior/días liquidados
- 100 % desde el día siguiente





PRESTACIONES SEGURIDAD SOCIAL- DESEMPLEO

PRESTACION
REQUISITOS ACCESO
BASE REGULADORA
TIPOS
TIEMPO

PRESTACIÓN NIVEL CONTRIBUTO


  • Estar en situación legal de desempleo (desempleo involuntario)
  • Haber trabajado y cotizado al desempleo 360 días o más
  • No jubilación (65 años)
  • No trabajar por cuenta propia o ajena a tiempo completo
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir compromiso de actividad






BR= BCP de los últimos 180 días / 180






  • 6 primeros meses el 70 % BR
  • Resto el 60 % BR

Se calcula en funcion de los últimos 6 años cotizados

Años Cotiz
Meses Prestación
1 a 1.5
4 meses
1.5 a 2
6 meses
2 a 2.5
8 meses
2.5 a 3
10 meses
3 a 3.5
12 meses
3.5 a 4
14 meses
4 a 4.5
16 meses
4.5 a 5
18 meses
5 a 5.5
20 mese
5.5 a 6
22 meses
6 y más
24 meses
PRESTACIÓN- SUBSIDIO POR PERDIDA DE EMPLEO
  • Estar en situación legal de desempleo (desempleo involuntario)
  • Carecer de rentas (menos de 450 € mes)
  • Cotizados por desempleo entre 180 días y 359 días
  • Inscribirse como demandante de empleo y suscribir compromiso de actividad

- 75 % del SMI



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